Avances en mejora regulatoria: sustancias precursoras de la lista 3 ya no necesitarán licencia del ICD
Gracias a las conversaciones de la Cámara de la Industria Alimentaria (CACIA) con representantes del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), así como con autoridades del Ministerio de Economía, Industria y Comercio y de Casa Presidencial, se logró que el ICD eliminará el requisito de obtener licencias para la adquisición de materias primas de uso común en la industria alimentaria, tales como el ácido acético o el amoniaco.
El 8 de diciembre se emitió el comunicado UCFP-COM-2124-2023, mediante el cual se revoca la Circular UCFP-CIR-001-2022 (relativa a las sustancias de la lista 3). En esencia, este establece que, al tratarse de la compra local de estos productos, solo se requerirá un permiso sanitario de funcionamiento o un certificado veterinario de operación, que habilite a los operadores para el manejo de dichos productos. En este contexto, ya no será necesario obtener una licencia o permiso por parte de la Unidad de Control de Fiscalización de Precursores.
La trazabilidad y fiscalización de los precursores se llevará a cabo mediante los informes de ventas que proporcionarán los proveedores.
Esta disposición tiene efectos inmediatos y es de cumplimiento obligatorio.